Consejo del Poder Judicial amplía competencia y plazo para recurrir decisiones en reconsideración

El Consejo del Poder Judicial (CPJ) modificó los artículos 97 y 98 de la Resolución núm. 22-2018 sobre el Reglamento de Carrera Administrativa Judicial en lo relacionado a las decisiones que pueden ser recurridas en reconsideración por los servidores judiciales administrativos y amplía de 20 a 30 días el plazo para interponer dicho recurso.

Mediante Resolución núm. 016-2020, de fecha 24 de noviembre de 2020, el CPJ dispone en el artículo 97 del Reglamento de Carrera Administrativa Judicial, que son recurribles en reconsideración las decisiones de este órgano que hayan ordenado la destitución del servidor judicial administrativo por la comisión u omisión de hechos que sean catalogados como faltas en el ejercicio de sus funciones.

Además, extiende el alcance del recurso de reconsideración a las decisiones del Consejo del Poder Judicial relativas a desvinculaciones o separaciones del cargo, así como las suspensiones y amonestaciones escritas del referido personal que hayan sido sometidos a un proceso disciplinario.

Asimismo, amplía de 20 a 30 días el plazo para recurrir en reconsideración, a partir de la notificación de la decisión, establecido en el artículo 98 del citado reglamento.

Según un comunicado, la decisión tomada por el órgano de administrativo y disciplinario del Poder Judicial tiene como objetivo garantizar la protección de los derechos fundamentales y la tutela judicial efectiva.

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