LAS DISTRIBUIDORAS DE ELECTRICIDAD PUEDEN SER MULTADAS POR FACTURACIÓN IRRGULAR DURANTE LA PANDEMIA
La ley general de Electricidad, la 125-01 del 26 de julio del 2001, previó la creación de un ente regulador, encargado de regular la relación entre el proveedor del servicio y los consumidores y usuarios de este; ese ente se llama Superintendencia de Electricidad, que es el encargado de la aplicación de la ley.
Por esta razón, varias organizaciones de consumidores y usuarios le han reclamado que intervenga para investigar a fondo la doble y triple facturación, reflejadas en los recibos de miles de usuarios, que fueron sorprendidos con facturas del periodo de la cuarentena, incluyendo la de hogares y pequeñas empresas que estuvieron cerradas.
De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 125-01, su literal e) establece :”aplicar multas y penalizaciones en caso de incumplimiento de la ley, su reglamento, normas y de sus instrucciones de conformidad con el reglamento”; el literal I) dice que “la SIE debe resolver, oyendo a los afectados, los reclamos, por, entre o en contra de particulares, consumidores, concesionarios y propietarios y operadores de instalaciones eléctricas que se refieran a situaciones objetos de su fiscalizaciones”.
Las multas a las que están expuestas EDENORTE, EDESUR Y EDEESTE la sustentan su propias declaraciones, al admitir que facturaron sobre la base de estimaciones, no de mediciones y eso se contradice con el espíritu de la ley, incluyendo la ley natural en la que “Debemos pagar en función de lo consumido, no de lo que el proveedor estime que el usuario debe pagar en función de “que en la cuarentena todos estaban en la casa y se consumió más energía”, sin que esto sea cierto.
La verdad es que muchas de las personas que se han quejado de recibos hasta de más de 40 mil pesos, la familia se había ido al campo; otros son casos de viviendas cerradas y pequeños negocios que no abrieron hasta este 25 de mayo.
Las EDES han mostrado falta de solidaridad con el Estado, que ha tenido que cargar con todo el peso de solventar el gasto de la mitad de la población (5.2 millones de personas) con el programa “Quédate en casa”, que ha tenido una inversión de 57 mil millones de pesos, según documenta la prensa en los meses duros de la pandemia.
En estos meses las EDES debieron ponerse a la altura de las circunstancias que exigen la solidaridad de todos, en un momento en que la economía de la población está sufriendo los embates de desempleos, bajas en los ingresos y todo lo que ha acarreado el virus, por lo cual debió producir una rebaja en el precio de la factura, como manda el articulo 114 de la Ley 125-01, que establece como principio, en el artículo 2, la protección de los derechos de los usuarios.
No podemos pasar por alto lo que todos sabemos, durante la pandemia lo único que ha bajado de precio en el mercado mundial son los combustibles fósiles, de lo cual se han beneficiado los Distribuidoras, con rebajas de cerca del 21 por ciento en el costo de compra de las generadoras, sin que esta rebaja en los costos se haya reflejado en el consumidor y usuario del servicio eléctrico.
Si queremos una sociedad justa y equilibrada, las instituciones deben hacer bien sus funciones, cumplir y hacer cumplir la ley. Es el desafío que tiene la Superintendencia de Electricidad: investigar a las EDES y aplicar lo estipulado en la ley para devolver la confianza.
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