Danilo Díaz afirma sentencia del TSE no impide consulta interna del PLD en 2026
El delegado político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ante la Junta Central Electoral, Danilo Díaz, afirmó este viernes que la sentencia 001-2025 del Tribunal Superior Electoral (TSE) no impide que el partido realice su consulta interna prevista para 2026.
«Esta sentencia 1125, que acaba de publicar el Tribunal Superior Electoral, no le prohíbe al Partido de la Liberación Dominicana realizar su consulta en el año 2026″, señaló Díaz al referirse a la interpretación del fallo judicial.
El dirigente explicó que la resolución emitida por el TSE únicamente anula el procedimiento seguido para convocar y abrir el proceso de inscripción de precandidatos, ya que no fue llevado a cabo por el órgano correcto dentro de la estructura partidaria.
“Esta sentencia anula específicamente todo lo relativo al procedimiento utilizado para la convocatoria y apertura de inscripción de aspirantes, ya que no fue realizado por el organismo competente”, puntualizó.
Díaz destacó que, lejos de limitar la acción política del partido, la sentencia refuerza la institucionalidad interna al reconocer que, según los estatutos del PLD, corresponde al Comité Central, y no al Comité Político, establecer las normativas para ese tipo de procesos.
«Esta sentencia, justamente, lo que hace es apoyarse en nuestros estatutos y establecer que es competencia del Comité Central, y no del Comité Político», dijo. «Esto es relativo al proceso de reglamentar la consulta, a la apertura de inscripciones y al establecimiento de las reglas del juego que garanticen la igualdad de oportunidades que deben tener todos los aspirantes».
Subrayó además que el fallo no anula la posibilidad de realizar la consulta, sino que establece con claridad cuál debe ser el órgano responsable de organizarla: “En otras palabras, esta sentencia, de alguna manera, establece cómo debe llevarse a cabo la consulta. Es decir, determina quién es el organismo competente para hacerlo”.
Por último, recalcó que, si bien el Comité Político tiene la capacidad de proponer lineamientos, la autoridad para reglamentar y conducir el proceso recae en el Comité Central. “Es el Comité Central el que debe encargarse de todo lo relacionado con el reglamento, el que debe aprobarlo, el que se ocupa también del proceso de inscripción y el que garantiza un proceso de partido basado en la igualdad de condiciones para todos los aspirantes”.