Abogados: es excesivo un año de prisión preventiva contra Alexis Villalona
La prisión preventiva de un año que solicitará el Ministerio Público en contra de Alexis Villana es exagerada, consideraron este sábado tres abogados penalistas consultados por este medio.
Los juristas Cándido Simón, Valentín Medrano y Yery Castro coincidieron en que no se trata de un caso complejo para solicitar 12 meses de prisión preventiva y que se estaría ante populismo penal.
“Hay una extraña afición en la República Dominicana por caerle bien a las tendencias y las procuras que tiene el pueblo, manifestadas en pronunciamientos en las redes sociales”, expresó Medrano.
El caso de Villalona es bien conocido en el país, luego de que se difundieran videos en que lo muestran golpear a Santa Arias la madrugada del 1 de enero de este año, en el municipio Baní, provincia Peravia. La agresión se produjo luego de un choque entre ambos; Villalona, quien era acompañado por una mujer, conducía una yipeta y Arias una pasola.
Alexis Villalona había evadido hasta ayer viernes a las autoridades y pidió perdón a Santa Arias y al país por su comportamiento.
Sobre la prisión preventiva
Ya el abogado Jorge de los Santos, quien hasta el momento se conoce como defensor del detenido, también se expresó en contra del tiempo de prisión preventiva que solicitará el Ministerio Público. De los Santos expresó que dará un «cursito taller» a las autoridades.
El abogado Valentín Medrano explicó que, en primera instancia, la medida de coerción de prisión preventiva no es factible para Villalona exceptuando, argumentó, que Alexis se mantuvo fuera del proceso de forma volitiva, huyendo.
Medrano agregó que se trata, además, de una acción pública a instancia privada, por lo que la acción ante la justicia se mantiene hasta tanto Santa Arias lo disponga. Como máximo, dijo, a Alexis Villalona se le dictaría una prisión preventiva de tres meses.
En tanto que el abogado Yery Castro dijo: “Es descabellado pensar en prisión preventiva de 12 meses en un caso de golpes y heridas que está contenido en el artículo, exclusivamente, 309 del Código Penal”.
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Castro razonó que las prisiones preventivas de 12 meses están establecidas para los casos complejos. “Y ese caso no es nada complejo: fue un incidente circunstancial que se dio por un accidente de tránsito en el que la persona no debió comportarse de manera agresiva”.
«Eso de 12 meses de prisión preventiva en la solicitud es una hipocresía porque la ley establece que el tiempo de duración máximo de prisión preventiva en casos comunes son seis meses», analizó el abogado Cándido Simón. «Eso es para que la gente crea, para hacer ruido», consideró Simón sobre la solicitud de prisión preventiva del Ministerio Público.
¿Violencia contra la mujer?
Otro punto en que coincidieron los tres abogados consultados es que no se trata de violencia contra la mujer, como afirmó el fiscal de Peravia, Ángel Darío Tejeda, quien informó que la acusación será presentada por violar el artículo 309 del Código Penal, y el numeral 1 de ese artículo.
“El hecho se desprendió de un accidente, no la golpeó porque fuera mujer”, dijo Yery Castro. El abogado enfatizó que no está defendiendo las acciones de Alexis Villalona, sino que hay que ceñirse a lo que establecen las leyes de la República Dominicana.
La pena que enfrentaría
El artículo 309 del Código Penal Dominicana establece que quien voluntariamente diera golpes, infiere heridas, cometiere actos de violencia o vías de hecho enfrenta una pena de prisión de seis meses a dos años. Pero, el tiempo de la pena dependerá del período de curación de la lesión a la víctima.
“Una lesión curable de un período de uno a 10 días, la sanción penal no va a exceder a los seis meses”, dijo Yery Castro.
Cándido Simón explicó que el diagnóstico médico determinará la gravedad de la lesión sufridas por Santa Arias, que hasta llevaría que el caso se conozca ante un juzgado de paz.
Además, Simón dijo que, si en las investigaciones se determina que Alexis Villalona actuó ante una provocación u amenaza, la pena en su contra será menor.
Cargos para los familiares
Alexis Villalona fue capturado mientras intentaba esconderse en la vivienda de una sobrina, en la comunidad El Fundo, también Baní, informó el Ministerio Público. Ante el caso, el fiscal Ángel Darío Tejeda advirtió que presentaría cargos en contra de familiares y allegados que trataron de ocultar a Villalona.
Tejada dijo que identificaron a varias personas que intentaron ayudar al detenido a mantenerse escondido, quienes serían sometidos por ocultamiento y complicidad del acusado.
Sin embargo, el abogado Cándido Simón discrepó y agregó que no procede una acusación de complicidad porque los familiares no lo ayudaron a que golpearan a Santa Arias, aunque precisó que puede existir una acusación por autoría de ocultamiento.
Simón informó que el delito de ocultamiento de prófugo está previsto y es sancionado con una pena correccional de hasta dos años de prisión por el artículo 248 del indicado Código Penal Dominicano. Detalló que el artículo exonera de responsabilidad penal a los padres, madres, abuelos, hermanos, nietos, esposos y, agregó, a convivientes que ocultaren el pariente perseguido por la justicia.