SP dice embargo es «franca violación a la ley»
El director jurídico del Ministerio de Salud, Luis Manuel Tolentino, se refirió este miércoles a la sentencia emitida por el Tribunal Superior Administrativo en fecha 24 de junio de 2022, mediante la cual acoge un recurso contencioso administrativo en reclamo de prestaciones laborales.
El mismo fue interpuesto por el señor Amín Abel Alvarado Reyes, quien fue desvinculado el 24 de agosto de 2020, bajo la gestión del doctor Plutarco Arias, y procedió a someter un embargo retentivo de una de las cuentas operativas del Ministerio en el Banco de Reservas.
De acuerdo a Tolentino, esta acción se hizo “en franca violación a la ley”.
“Dicha decisión fue dictada bajo una concepción desnaturalizada de lo que establece La ley 41-08 de Función Pública, respecto de las prestaciones laborales y de los derechos que le asisten a este tipo de funcionarios que este ministerio, por medio de su departamento legal, procedió en fecha 21 de julio de 2022 a someter un formal recurso de casación, el cual tiene efecto suspensivo por ante la Suprema Corte de Justicia en contra de dicha decisión, la cual aún se encuentra pendiente de ser conocida en ese superior tribunal”, explicó el abogado.
Tolentino aseguró que en el ministerio, “aún cuando un tribunal ha cometido el error de ratificar el embargo, estamos accediendo por las vías legales, como es la apelación, para levantar el referido embargo, ya que se trata de una sentencia que no es firme y de un crédito que no se encuentra en peligro”.
“Es una acción que vemos sin ningún fundamento, aunque la desvinculación se realizó en la gestión del anterior ministro Plutarco Arias, vemos que este tribunal ha desnaturalizado los derechos que les corresponden a este tipo de funcionarios, por eso estamos accionando por las vías legales correspondientes”, aclaró.
Cámara Civil y Comercial ratificó embargo
El juez presidente de Cámara Civil y Comercial, Miguel Ángel Díaz Villalona, mediante sentencia de referimiento No.504-2022-SORD-1202, ratificó el embargo a las cuentas bancarias del Ministerio de Salud Pública, surgido a partir de la sentencia No. 0030-1642-2022-SSEN-00541 en materia laboral, del 24 de junio de 2022, a favor del señor Amín Abel Alvarado Reyes.
Salud Pública pretendía levantar el embargo retentivo u oposición de las cuentas, que le hizo el Centro Jurídico Batía Ramos, en representación de Amín Abel Alvarado Reyes, basándose en la ley 86-11, sobre inembargabilidad de fondos públicos.
“La Suprema Corte de Justicia ha estatuido estableciendo una excepción a lo dispuesto por el legislador, al establecer que la inembargabilidad de los fondos del Estado no debe extenderse a los créditos laborales, pues con ello se eliminaría la posibilidad de cobrar las prestaciones laborales adeudadas y reconocidas y el derecho fundamental al trabajo y sus garantías y el derecho del trabajador a ser retribuido por el trabajo realizado a favor del Estado y sus instituciones”, rezaba la sentencia.