Senado no ha aprobado ley de licencia por paternidad
La Cámara de Diputados aprobó el 9 de agosto en segunda lectura el proyecto de ley que busca otorgar 10 días de licencia por paternidad con disfrute de salario y que modifica el artículo 54 de la ley del Código de Trabajo.
El proyecto aprobado por los disputados, fue enviado al Senado de la República para ser analizado y conocido en esa ala congresual.
En el mes de junio, se había aprobado por los congresistas el proyecto propuesto por el diputado José Horacio Rodríguez, en primera lectura para aumentar a 15 días la licencia por paternidad e incrementar dos semanas a la licencia post natal de las madres.
Mientras se conocía el documento en el mes de junio, el presidente de la Cámara de Diputados dijo que recibió varias propuestas de modificación a la pieza, pero sugirió aprobar el proyecto en primera lectura y luego conocer los cambios en una segunda lectura.
Una de las sugerencias fue externada por el diputado Tulio Jiménez, quien propuso que sean cinco días de licencia por paternidad y no 15, como lo establece el proyecto.
Cuando el proyecto fue aprobado en primera lectura por una licencia de 15 días, el diputado Jhonny Medina exigió que su propuesta también fuera considerada, ya que se encontraba «estancada en las comisiones».
A raíz de esto, luego de que los diputados Medina y Horacio se pusieran de acuerdo, la Cámara de Diputados decidió finalmente aprobar el proyecto de ley en segunda lectura el aumento a 10 días para la licencia de paternidad, además, el proyecto también busca aumentar dos semanas a la licencia por maternidad. La propuesta fue aprobada con 96 votos a favor y 21 abstenciones.
Decisión del Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional revocó los dos días de licencia por paternidad a los trabajadores establecido en el Código de Trabajo por ser violatoria a la Constitución dominicana en sus artículos 39, 40, numeral 15, 55 y 56.
Los jueces del tribunal entienden que la parte final del artículo 54 de la Ley núm. 16-92 del Código de Trabajo de la Republica Dominicana incumple con el derecho a la igualdad, el principio de razonabilidad, los derechos de familia y el principio de interés superior del niño, establecidos en los artículos 39, 40.15, 55 y 56 de la Constitución dominicana.