Namphi Rodríguez destaca aportes del TC a la libertad de expresión
El aspirante a ocupar una de las vacantes del Tribunal Constitucional Namphi Rodríguez destacó los aportes de la Alta Corte a la libertad de expresión, con sentencias que han sentado jurisprudencia en la era del internet y las plataformas digitales.
Abordó el tema en respuesta a una pregunta del senador por la provincia Hermanas Mirabal, Bautista Rojas Gómez: ¿Podría usted explicarme la jurisprudencia constitucional en materia de libertad de expresión, incluyendo el internet y las redes sociales?
En su respuesta, Rodríguez, abogado constitucionalista con una trayectoria anterior como periodista, destacó los aportes del tribunal, resaltando varias sentencias que han preservado la libertad de expresión en la República Dominicana, ante la expansión de las plataformas digitales y sus contenidos, generados por el desarrollo de internet.
Se refirió al artículo 49 de la Constitución de la República, que consigna la libertad de expresión, y dijo que ha sido una de las fuentes más prolíficas de interpretación del Tribunal Constitucional dominicano.
- «Yo creo que en materia de libertad de expresión ha sido en donde el Tribunal Constitucional ha desplegado con mayor audacia la ponderación de derechos fundamentales, sentencias que han sido esenciales para el sistema político, ya no solamente para la dimensión individual, para la libertad de expresión, que es donde se ha desarrollado esta materia, por ejemplo, en el constitucionalismo norteamericano», expuso.
Destacó la sentencia 92-19, mediante la cual se declaró inconstitucional, incompatible con la Constitución, un artículo de la Ley de Partidos que consigna penas de hasta de un año de prisión para aquellas personas que difundan noticias negativas respecto a los candidatos de los partidos.
En esa sentencia -manifestó- «el Tribunal Constitucional hizo una valoración de la libertad de expresión en las plataformas digitales, como un nuevo medio de expresión, va a entender la lógica de que las redes sociales irrumpieron cambiando el paradigma de la libertad de expresión, una libertad de expresión, digamos, sacerdotal, controlada por los grandes medios de comunicación, por los líderes de opinión, por los políticos, de repente dio el salto cualitativo a una libertad de expresión ciudadana, en que un ciudadano puede expresarse al mismo nivel con el simple hecho de dar un clic en su teléfono».
Otra sentencia igualmente importante es la 75-16, indicó, y explicó a seguidas que esta va a definir el sistema de responsabilidad por los delitos de difamación e injuria, ya la Suprema Corte de Justicia había emitido una sentencia en control difuso de constitucionalidad y siguiendo esa sentencia del Poder Judicial en ese diálogo entre cortes, el Tribunal Constitucional va a declarar inconstitucional de la Ley 61-32 de Expresión y Difusión del Pensamiento que, primero penalizaba el delito de difamación e injuria cuando se producía contra funcionarios públicos.
Sobre Namphi Rodríguez
Es abogado en ejercicio con maestría en Derecho Constitucional, Derecho Público y Ciencias Políticas. Es profesor universitario en Derecho a la Información, Derecho Administrativo y programas docentes del Tribunal Constitucional.
Ha publicado varias obras como Derecho de la Información (Hacia un nuevo régimen jurídico de los medios de comunicación) – (2004), Defensa de la Libertad de Expresión y de los Derechos Fundamentales – (2014), Diccionario de Jusrisprudencia Constitucional y una Década de Justicia Constitucional: Diez Sentencias Trascendentes.