SCJ conoce recursos de Rondón y Díaz Rúa que buscan anula sus condenas
La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia conoció este jueves en una sola audiencia los recursos de casación a la sentencia que confirmó la condena a diez años al empresario Ángel Rondón y a cinco años al exministro Víctor Díaz Rúa por el caso Odebrecht, empresa brasileña que admitió pagó US$92 millones de dólares a funcionarios para agraciarse con obras del Estado dominicano.
Los jueces de la Alta Corte se reservaron el fallo de la impugnación que sometieron los acusados y también el Ministerio Público en contra de la decisión de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que, igualmente ratificó un dictamen de primer grado.
La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Suprema Corte está presidida por el juez Francisco Antonio Jerez Mena.
La sentencia de la corte recurrida
La sentencia recurrida es la 502-01-2023-SSEN-00048 de la Tercera Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que concluyó, en el caso del empresario Rondón, que los jueces de primer grado hicieron “las inferencias lógicas razonadas de rigor”, al acoger la tesis del Ministerio Público, debido a que “hasta la fecha se desconoce literalmente el destino que le fue dado” a las grandes sumas de dinero que recibió de la constructora de Odebrecht y por “la ausencia casi total en las arcas personales del imputado” de esos recursos.
Los jueces de la corte, Pedro Sánchez, Nancy Joaquín y Daniel Nolasco, determinaron que lo aportado como soporte por la defensa de Rondón Rijo para destruir la tesis del órgano acusador no fue suficiente en cuanto al retiro de los montos recibidos, ascendentes a RD$707,148,162.00 pesos y US$3,864,714.00 dólares, “sin ningún tipo de soporte testimonial o documental capaz de indicar o explicar en alguna medida razonable su destino”.
Según la acusación, Rondón Rijo era el encargado de repartir los pagos por sobornos e influir en la contratación de Odebrecht entre los años 2006 al 2014 para la construcción de obras que se levantaban con la aprobación de préstamos en el Congreso Nacional.
En cuanto a Díaz Rúa, la Corte de Apelación igualmente revalidó el fallo emitido por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que arguyó que el Ministerio Público “no probó” la entrega de sobornos directos o indirectos desde Odebrecht, a través del coimputado Ángel Rondón Rijo, pero sí lo condenó por lavado de activos.
“Estos hallazgos de cara a su juzgamiento por enriquecimiento ilícito debido a un incremento patrimonial desproporcionado, mientras se desempeñaba como funcionario público; se erigen como uno de los indicios firmes, concretos y unívocos que dan al traste con el origen ilícito del patrimonio del imputado”, estableció la Tercera Cámara Penal de la Corte de Apelación.
Más de seis años en los tribunales
El caso lleva en los tribunales dominicanos seis años y seis meses e inició en mayo del 2017, durante la gestión del exprocurador general Jean Alain Rodríguez, ahora acusado de corrupción. En un principio se sometió a un total de 14 exfuncionarios y legisladores, de los cuales solo se envió a juicio de fondo a seis y luego fueron condenados únicamente Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón, este último acusado de ejecutar los pagos.
El empresario busca anular la sentencia en su contra, la cual no fue recurrida por el Ministerio Público, que se ha manifestado satisfecho con los diez años que se le impuso, pero no así con los cinco años de Víctor Díaz Rúa. El exministro de Obras Públicas y exdirector de Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa) también recurrió al fallo en su contra.
El órgano acusador no está conforme con el descargo del abogado Conrado Pittaluga, a quien imputa de haber recibido 6.6 millones de dólares de la constructora.
Rondón: Odebrecht no requería a terceros, contactaba con presidentes
Al tomar las palabras, según un documento que distribuyó su defensa, Rondón insistió en cuestionar los dos fallos que lo condenan a diez años, al afirmar que a los exfuncionarios que se acusaron en un principio, posteriormente fueron absueltos.
- “Sin embargo, el tribunal dictaminó que estas personas, que eran las únicas acusadas de recibir soborno, jamás recibieron dinero de mi parte y por tanto quedaron absueltas o sus casos fueron archivados; yo, no obstante, fui condenado por sobornarlos a ellos”, sostuvo el empresario.
Añadió que se le señala ser intermediario de la empresa constructora, cuando, según él, esta no necesitaba en la región de terceros, “pues, se estableció que tenía relación directa con las máximas autoridades de todos los países en los que operaba. Lula en Brasil, Martinelli en Panamá, Santos en Colombia, Pedro Pablo Kuchinsky en Perú. Entonces, en República Dominicana, Ángel Rondón, quien nunca ha sido funcionario público”, criticó el empresario.
Los detenidos y luego dejados fuera del caso
Por el caso de los sobornos se señaló en un principio y se les dictó medidas de coerción, además de Ángel Rondón y Díaz Rúa, a Conrado Pittaluga, Temístocles Montás, Andrés Bautista, Ruddy González, César Sánchez, Máximo de Óleo Ramírez y Bernardo Castellanos.
También se vinculó a Jesús-Chú-Vásquez, Radhamés Segura y Juan Roberto Rodríguez, así como al senador Tommy Galán, a los diputados Alfredo Pacheco y Julio César Valentín.
De todos ellos solo se envió a juicio de fondo a Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista, Conrado Pittaluga, Tommy Galán y Juan Roberto Rodríguez, de los cuales solo fueron hallados culpables los dos primeros.