Pitos, sirenas y luces giratorias en vehículos quedan prohibidos por el Intrant

Este viernes el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció la prohibición del uso de pitos, sirenas y luces giratorias, intermitentes o rojas, en vehículos de motor que circulen en las vías públicas del territorio nacional.

La medida está contenida en la resolución No. 001-2021 del Intrant, y plantea que si un agente de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) compruebe la instalación de pitos, sirenas, éste podrá retener el equipo en cuestión.

Así mismo, la disposición prohíbe la instalación, modificación, aditamento o adaptación de luces giratorias, intermitentes o rojas, en vehículos de motor que circulen en las vías públicas del territorio nacional.

La institución responsable de la movilidad y el transporte terrestre sostiene que el incumplimiento del mandato será multado con uno a tres salarios mínimos del sector público, de acuerdo al Art. 192 de la Ley Núm. 63-17.

Según el Intrant, los conductores cuyos vehículos contengan alguno de los artículos antes detallados tienen un plazo de 15 días, desde este viernes, para retirar los artilugios.

Excepciones

  1. Las patrullas y otros vehículos para dar servicio de la Policía Nacional
  2. Los camiones de bomberos
  3. Los vehículos para dar protección civil y salvamento
  4. Los vehículos para dar asistencia sanitaria o ambulancias
  5. Los vehículos dedicados al transporte de emergencias o grúas dedicadas al remolque de vehículos averiados, mientras se lleve a cabo dicho remolque.