Gobierno realizará X Censo Nacional de Población y Vivienda en 2022

El presidente de la República, Luis Abinader, declaró la noche de este lunes como interés nacional la organización del X Censo Nacional de Población y Vivienda, cuyo propósito es la actualización de los datos de la población dominicana y que sirva de base para la creación de políticas públicas que contribuyan con la mejora de la calidad de vida de los dominicanos.

En ese sentido, a través del decreto 607-21, el jefe de Estado anunció que el X Censo Nacional de Población y Vivienda será realizado en 2022, conforme a la planificación y cronograma que será remitido al Poder Ejecutivo por la Oficina Nacional de Estadística (ONE).

La ONE tendrá a su cargo la coordinación del X Censo, además de organizarlo, tendrá a su cargo la recomendación al Poder Ejecutivo de la fecha oportuna para su realización.

Con el decreto, también se crea Comisión Nacional Censal, que tendrá la responsabilidad de colaborar con la ONE. Estará conformada por el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, quien la presidirá; ministro de la Presidencia, de Hacienda, Administración Pública, Educación, Educación Superior, Ciencia y Tecnología, de la Mujer, Salud Pública, entre otras.

También, se dispuso la conformación de la Comisiones Censales Municipales, las cuales colaborarán con la ONE en la organización y el levantamiento del X Censo Nacional.

Estará integrada por el alcalde del municipio o el director o directora de la junta del distrito municipal, la máxima autoridad a nivel local del Ministerio de Educación, la máxima autoridad a nivel local del Servicio Nacional de Salud (SNS), la máxima autoridad a nivel local del Ministerio de Agricultura, un representante local de la sociedad civil, entre otros.

Abinader instruyó al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Presupuesto a efectuar los arreglos administrativos pertinentes para que, en forma no limitativa y de la partida aprobada en el presupuesto 2022.

El artículo 2 del decreto señala que la ONE reclutará los colaboradores necesarios para la realización del censo, quienes estarán en la obligación de ejecutar las tareas establecidas en la legislación vigente hasta el término de sus funciones, salvo casos de fuerza mayor que sean oportunamente justificados y aceptados por esa institución.

Para ejecutar el Censo Nacional, los titulares de las instituciones del Gobierno central, autónomas, financieras y no financieras, descentralizadas, municipales y de la seguridad pública, civiles, policiales o militares, quedan instruidas a prestar su colaboración a la ONE, según esta requiera.

Además, se instruye la participación y colaboración de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional a nivel nacional para la consecución del Censo, que serán coordinados por la ONE.