Las medidas que deberán cumplir los centros nocturnos
Tras volver al horario regular de ventas de bebidas alcohólicas en Santo Domingo y algunos municipios, la Unión Dominicana de Propietarios de Centros Nocturnos de Diversión se comprometió ante el Ministerio de Interior y Policía a contribuir con el Gobierno para preservar la paz social y los niveles de seguridad ciudadana en República Dominicana.
Dentro de las iniciativas mencionadas están que los agentes de la Dirección General de Control de Bebidas Alcohólicas (Coba) estará realizando inspección de manera rigurosa en todos los establecimientos afiliados.
Además, deberán alumbrar todo el frente de los establecimiento, sus parqueos y el perímetro de sus locales.
Así también, los dueños de centros de diversión tendrán que instalar cámaras de seguridad en las afueras de sus instalaciones y dentro de los locales, de las cuales las autoridades tendrán acceso las veces que sean necesarias.
De igual forma, deberán instalar detectores de armas de fuego y metales para el cumplimiento de la prohibición a estos establecimientos.
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También, los dueños de negocios se comprometieron a cumplir con la prohibición de sustancias controladas y en caso de observarlas deberán avisar a las autoridades correspondientes.
Los negocios tienen que garantizar que las bebidas alcohólicas que comercialicen no sean adulteradas y que, en caso de que el cliente esté en notorio estado de embriaguez, suspender el consumo de bebidas.
Dentro de las medidas acordadas está también evitar la contaminación sónica que puedan afectar a los residentes del entorno. Según explica el documento del acuerdo, está medida será monitoreada por el Ministerio de Interior y Policía.
Otras medidas a cumplir
Los establecimientos de diversión nocturna deberán llevar una supervisión sanitaria periódicamente regido por protocolo establecido por el Ministerio de Salud Pública.
Tendrán que tener de forma «obligatoria» dos extinguidores, puerta de salida de emergencia, sistema de videovigilancia, parqueos regulados y personal del mismo debidamente acreditado como soporte externo del local.