Constitucionalistas cuestionan proyecto obligaría entregar informaciones a DNI
Niza Campos
SANTO DOMINGO. Abogados constitucionalistas cuestionaron el hecho de que a través de un anteproyecto de ley se busque obligar a las dependencias del Estado, instituciones privadas y personas, a entregar informaciones a lo que sería la nueva Dirección Nacional de Investigaciones (DNI).
Al analizar el proyecto de ley que reposa en el Congreso Nacional, los juristas Eduardo Jorge Prats y José Darío Suárez Martínez, coincidieron en señalar que en todo momento se deben garantizar los derechos fundamentales de las personas.
Jorge Prats consideró la iniciativa como muy positiva, con alto interés nacional y necesaria, pero entiende que debe ser some- tida a un detenido, ponderado y riguroso estudio antes de su aprobación.
Respecto a la obligatoriedad de entregar informaciones por parte de autoridades públicas o personas privadas a la DNI, precisó que existen leyes que exoneran y protegen a determinados actores.
“Las leyes establecen informaciones de carácter privado, reservado, privilegiado o confidencial en el ámbito del secreto bancario, el secreto profesional, la confidencialidad de las fuentes periodísticas, los secretos de negocios o industriales y la reserva de información de la Administración Monetaria y Financiera, que exoneran a quienes poseen esta información del deber de entregar esta información a la DNI”, apuntó.
Dijo esperar que no se confunda la investigación de los delitos a cargo de los poderes públicos, con la actividad de inteligencia de la DNI, la que no debe indagar actos delictivos, ni siquiera sobre la base de una posible conculcación del ordenamiento jurídico.
Advirtió que si la DNI detecta la comisión de un delito en el curso de sus investigaciones, no debe intervenir ni detener a una persona, sino sencillamente ponerlo en conocimiento del Ministerio Público y de la Policía, que tienen ámbitos constitucionalmente reservados para la investigación penal.
Suárez Martínez criticó que el proyecto convierta en delatores a su servicio a los organismos públicos y privados, ante la obligación de tener que entregar todas las informaciones requeridas bajo el argumento de salvaguardar la seguridad nacional.
Reconoció que los cuerpos de seguridad como órganos de la administración del Estado tienen un carácter sui géneris por sus funciones secreta, y en consecuencia no tienen la obligación de publicitar sus actuaciones, a diferencia de los demás organismos.
A su juicio, la conformación de un Sistema Nacional de Inteligencia debe darse en un ambiente de garantías políticas que aseguren el cumplimiento de los objetivos estatales.
“Si bien es cierto que la reforma o creación de un sistema de inteligencia del Estado no puede constituirse mirando al pasado, el Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), como agencia de inteligencia, no ha podido superar la creencia de la clase política y de la ciudadanía en general de que la inteligencia se encuentra unida, inexorablemente, a un esquema de represión derivado de los gobiernos militares”, aseveró.
Recordó que la creación del DNI tiene como funesto antecedente el Servicio de Inteligencia Militar (SIM) creado durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo Molina, en la década de los 50, organismo que se encargaba de perseguir y oprimir a los opositores del régimen.