Empresarios denuncian violación a la seguridad jurídica al desalojarlos de playa Encuentro
La empresa de accionistas estadounidenses, Inversiones Calpe, SRL, denunció que fue atropellada por las entidades gubernamentales con el desalojo que sufrió el viernes pasado dentro una propiedad en la playa Encuentro, ubicada en Puerto Plata.
En un comunicado oficial, la empresa aseguró que las autoridades de Medio Ambiente y del Servicio Nacional de Protección Ambiental ignoraron cuatro sentencias de la justicia dominicana: una de la Suprema Corte de Justicia y tres del Tribunal Constitucional que definen que el único acceso público de la playa es el que está entrando por la Urbanización Vista del Caribe.
“El camino de acceso público a playa Encuentro, descrito por todas las sentencias y definido en el plano de la Urbanización Vista del Caribe, es un camino perpendicular a la costa, culmina una vez se llega hasta la playa misma, está pavimentado, nunca ha sido obstaculizado y está a más de 400 metros de distancia de esta propiedad privada”, resalta el comunicado.
Los afectados por el desalojo dijeron que a pesar de los límites dispuestos en las sentencias, las autoridades “irrumpieron en propiedad privada, destruyendo verja y estructuras donde funcionaban escuelas de surf y restaurantes”.
Hicieron un llamado al presidente Luis Abinader por considerar que “no hay seguridad jurídica en República Dominicana ante una inversión turística de más de 50 millones de dólares en la zona”.
Los accionistas describieron que el pasado viernes se presentaron autoridades gubernamentales y militares en sus terrenos diciendo que estaban cumpliendo con un dispositivo de la sentencia TC/0106/20 del Tribunal Constitucional, relativo al acceso público a Playa Encuentro “bajo una interpretación totalmente retorcida del derecho”, indicaron.
Sin embargo, en su cuenta de Twitter, Medio Ambiente especifico que utilizaron la fuerza pública para ejecutar la sentencia civil No. 271-2018-SSEN-0058 del año 2018, emitida por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, para acceder y retirar cualquier obstáculo físico que impida el libre acceso a la citada playa.