Indotel finaliza firma de contratos de concesión a empresas de telecomunicaciones hasta 2041
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) finalizó la firma de los contratos de concesión de servicios públicos de telecomunicaciones con las empresas prestadoras de servicios, completando un proceso que se encontraba pendiente desde hace más de 15 años.
Explicó, a través de un comunicado, que con la firma de dichos contratos se da seguridad jurídica a las inversiones en el sector y regula las relaciones entre las partes. A su vez, el Estado establece las obligaciones que tendrán las concesionarias, a través de las cuales se busca asegurar el desarrollo del sector de las telecomunicaciones en el país.
El tiempo de vigencia de los contratos acordados con cada prestadora fue variado; Trilogy S.A (Viva) acordó una duración hasta 2034; Altice Dominicana hasta 2035; y Claro optó por el tiempo máximo hasta el 2041.
“Los acuerdos hoy firmados demuestran la confianza y compromiso que tienen las grandes empresas en los proyectos que estamos llevando a cabo, y que se traducirán en mayores inversiones anuales y mejora continua en los servicios móviles y fijos”, destacó Nelson Arroyo, presidente del Consejo Directivo del Indotel.
Dentro de las obligaciones que plantean los acuerdos de concesión firmados se encuentra la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en condiciones de continuidad, universalidad, accesibilidad, eficiencia, transparencia, responsabilidad, calidad, razonabilidad, equidad tarifaria, generalidad, igualdad, neutralidad y no discriminación, de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en la ley.
En total, se estima que las concesionarias harán inversiones superiores a los 115 millones de dólares en los próximos cuatro años.
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Por otro lado, se preserva el derecho del usuario a elegir el prestador de servicios de telecomunicaciones que a su criterio le convenga. Mientras que establece las condiciones necesarias para que dichas empresas garanticen la accesibilidad universal y cualquier otro derecho a las personas con discapacidad, conforme a lo establecido en la ley núm. 5-13 sobre discapacidad en la República Dominicana.
En lo referente al Sistema Nacional de Atención a Emergencia y Seguridad (911), las prestadoras de servicios deberán permitir de manera gratuita y permanente el uso de sus redes para el acceso a dicho sistema. De igual forma, deberán de suministrar en tiempo real el Automatic Location Identification (ALI) y el Automatic Numbering Information (ANI) de la llamada entrante al 911.
En materia de ciberseguridad, las concesionarias deberán de tomar todas las previsiones necesarias, incluyendo la encriptación, a fin de que el contenido de los mensajes que transmitan a través de su red, en la prestación del servicio autorizado esté protegido contra cualquier interceptación o violación del secreto de las telecomunicaciones, obligándose a proteger los datos personales de sus consumidores.
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