Noticas

Protegen a usuarios por los fallos tecnol贸gicos en bancos

La Superintendencia de Bancos (SB) emiti贸 una disposici贸n para proteger a los usuarios cuando ocurran fallas de los sistemas inform谩ticos de las entidades, que les perjudique.

Una circular de la SB establece que las entidades de intermediaci贸n financiera (EIF) no aplicar谩n cargos, comisiones o cobros por mora si no ofrecieron canales alternativos en funcionamiento durante la interrupci贸n.

En esos casos, deber谩n exonerar al cliente de un costo generado por operaciones no ejecutadas o retrasadas o realizar谩 los reembolsos de forma autom谩tica, sin que 茅ste lo solicite.

OBLIGACIONES DE PAGO

La circular aclara que los consumidores tienen que cumplir con las obligaciones de pago, a pesar de que los sistemas se encuentren inhabilitados, siempre que la entidad disponga de canales adicionales.

En lo adelante, las EIF deber谩n implementar un protocolo de comunicaci贸n聽que se聽active si hay interrupciones.

Cuando estos paros superen las dos horas, estar谩n obligadas a notificar la situaci贸n a sus consumidores, a los que indicar谩 cu谩les servicios est谩n afectados, las causas y el tiempo estimado de resoluci贸n.

La nueva regulaci贸n tambi茅n determina que, en el caso de mantenimientos programados, los interesados deber谩n ser informados con al menos 24 horas de anticipaci贸n.

FALLOS EN LOS CAJEROS AUTOM脕TICOS

Tambi茅n se regulan situaciones espec铆ficas, como la retenci贸n de tarjetas de d茅bito en cajeros autom谩ticos.

Si la causa es una falla atribuible al banco emisor o a un equipo dentro de su red, no podr谩 aplicarse cargo por reposici贸n del pl谩stico al cliente.

Las EIF disponen de un plazo de seis meses a partir de la publicaci贸n de esta circular para el cumplimiento de las disposiciones.