TC deja en fallo ocho expedientes de acción directa de inconstitucionalidad

El Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo ocho expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, entre los que figuran dos casos de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral y uno de la resolución núm. 42-2020 de la Junta Central Electoral (JCE).

Durante la primera audiencia pública virtual, encabezada por el presidente del órgano jurisdiccional, magistrado Milton Ray Guevara, quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0005, en el que Namphi A. Rodríguez atacó el artículo 99 de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral de 18 de febrero de 2019.

El pleno también vio el expediente TC-01-2020-0012, en el que Eulogio José Santaella Ulloa, Federico Lalane José, Emmanuel Esquea Guerrero y compartes cuestionaron la omisión de la Ley Electoral núm. 15-19 de 18 de febrero de 2019, que debió disponer las circunstancias que puedan afectar el ejercicio eficaz del derecho al sufragio. Como intervinientes voluntarios figuraron José Miguel Vásquez García, Cristina Aguiar Quezada y Freddy Ángel Castro Díaz; así como Namphi A. Rodríguez y José Jhonny Marte Valoy.

El Tribunal Constitucional concedió dos días de plazo en el expediente TC-01-2020-0013 en el que Digna Ramonita Ramírez Minyetty atacó la resolución núm. 42-2020 emitida por la Junta Central Electoral (JCE) el 13 de abril de 2020, sobre posposición a causa de fuerza mayor por emergencia sanitaria de las elecciones ordinarias generales presidenciales, senatoriales y diputaciones de la República Dominicana. Agotado el plazo de la JCE para justificar sus conclusiones, inicia igual plazo para que las demás partes presentes réplicas y quedaría en estado de fallo.

Asimismo, durante la sesión virtual se declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0004 en el que sus accionantes, Francisco Eliel de la Cruz Echavarría, Joaquín Gabriel de la Cruz Echavarría y Lelia Mariana de la Cruz Encarnación atacaron la resolución núm. 3943-2018, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) el 12 de julio de 2018.

En una informativa sobre la audiencia, el TC indica que de igual forma quedó el expediente TC-01-2020-0006 en el que Brunilda Amparo, Pura Altagracia Hernández Parra y compartes atacaron la resolución núm. 5138-2019, dictada por el Pleno de la SCJ el 12 de septiembre de 2019.

El pleno del TC dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0007, en el que V Energy, S. A. objetó artículos de dos resoluciones, la número 09-2002, de agosto de 2002, y la 17-2002 del mismo mes y año, así como otro artículo relacionado al apartado para las gasolineras de la ordenanza núm. 05-2010 de 26 de noviembre de 2010, todas dictadas por el Ayuntamiento Municipal de Boca Chica.

A solicitud del cabildo, se les concedió tres días de plazo para ampliar sus conclusiones y vencido el mismo inicia igual plazo para las partes involucradas presentar las réplicas.

También se dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0011, en el que el accionante del caso anterior atacó artículos 3.2, literal e); y 3.1, literales j) y k), de la ordenanza núm. 4/2018, de fecha 21 de septiembre de  2018, del Ayuntamiento del Distrito Nacional, modificada por la ordenanza núm. 4/2019, del 16 de febrero de  2019 de esa alcaldía.

El pleno de jueces declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0008 en el que Bartolomé Pujals y Lety Melgen actuaron contra los artículos 1, 2, 4, 5.1 y 7 de la Ley núm. 46-20 de Transparencia y Revalorización Patrimonial del 10 de febrero de 2020.

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